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MODALIDADES DE APROBACIÓN DE HABILITACIÓN URBANA – Habilitación urbana

En el Perú, las habilitaciones urbanas, enfocadas en el proceso de convertir un terreno rústico o eriazo en una habilitación urbanas, tienen que estar licenciadas y para la obtención de una es necesario cumplir con los requisitos.

La Ley de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones (Ley N° 29090) indica en el artículo número 10 las cuatro modalidades que otorga el Estado para solicitar y obtener las licencias de habilitación urbana o de edificación. 

Modalidad A:

Aprobación automática con firma de profesionales. Pueden acogerse a esta modalidad:

  • Viviendas Unifamiliares (máximo 120 m2).
  • Ampliación Vivienda Unifamiliar con área total de 200 m2. 
  • Remodelación Vivienda Unifamiliar
  • Ampliaciones (Obras Menores RNE)
  • Cercos (más de 20 ml.)
  • Demolición total (menos de 5 pisos)
Modalidad B:

Aprobación de Proyecto con evaluación por la Municipalidad o con evaluación previa por los Revisores Urbanos. Pueden acogerse a esta modalidad:

  • Viviendas de hasta 5 pisos o hasta 3,000 m2.
  • Cercos (régimen propiedad exclusiva).
  • Obras de ampliación o remodelación que afecte estructuras, áreas y usos.
  • Demoliciones parciales.
Modalidad C:

Aprobación de Proyecto con evaluación previa por la Comisión Técnica o por los Revisores Urbanos. Pueden acogerse a esta modalidad:

  • Viviendas mayor de 5 pisos o de 3,000 m2.
  • Fines diferente a vivienda excepto las de la Modalidad D, uso mixto
  • Intervenciones sobre bienes culturales
  • Locales comerciales, culturales y espectáculos hasta 30,000 m2.
  • Mercados hasta 15,000 m2.
  • Locales espectáculos deportivos hasta 20,000 ocupantes
  • Demás no incluidas en “A”,“B” y “D”
Modalidad D:

Aprobación de Proyecto con evaluación previa por la Comisión Técnica o por los Revisores Urbanos. Pueden acogerse a esta modalidad:

  • Edificaciones con fines industriales
  • Locales comerciales, culturales y espectáculos mayores a 30,000 m2.
  • Mercados mayores a 15,000 m2.
  • Locales espectáculos deportivos mayores a 20,000 ocupantes
  • Locales con fines educativos, salud, hospedaje, combustibles y terminales

Si deseas saber cuál es el proceso que se tiene que realizar para obtener licencias de habilitación urbana, inscríbete en el curso de Elaboración de Plano de Lotización, Subdivisión y Parcelación.

Redacción: Natalia Ortiz

Habilitación urbana - Modalidades de aprobación de habilitación urbana

En el Perú, las habilitaciones urbanas, enfocadas en el proceso de convertir un terreno rústico o eriazo en una habilitación urbanas, tienen que estar licenciadas y para la obtención de una es necesario cumplir con los requisitos.

La Ley de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones (Ley N° 29090) indica en el artículo número 10 las cuatro modalidades que otorga el Estado para solicitar y obtener las licencias de habilitación urbana o de edificación. 

Modalidad A:

Aprobación automática con firma de profesionales. Pueden acogerse a esta modalidad:

  • Viviendas Unifamiliares (máximo 120 m2).
  • Ampliación Vivienda Unifamiliar con área total de 200 m2. 
  • Remodelación Vivienda Unifamiliar
  • Ampliaciones (Obras Menores RNE)
  • Cercos (más de 20 ml.)
  • Demolición total (menos de 5 pisos)
Modalidad B:

Aprobación de Proyecto con evaluación por la Municipalidad o con evaluación previa por los Revisores Urbanos. Pueden acogerse a esta modalidad:

  • Viviendas de hasta 5 pisos o hasta 3,000 m2.
  • Cercos (régimen propiedad exclusiva).
  • Obras de ampliación o remodelación que afecte estructuras, áreas y usos.
  • Demoliciones parciales.
Modalidad C:

Aprobación de Proyecto con evaluación previa por la Comisión Técnica o por los Revisores Urbanos. Pueden acogerse a esta modalidad:

  • Viviendas mayor de 5 pisos o de 3,000 m2.
  • Fines diferente a vivienda excepto las de la Modalidad D, uso mixto
  • Intervenciones sobre bienes culturales
  • Locales comerciales, culturales y espectáculos hasta 30,000 m2.
  • Mercados hasta 15,000 m2.
  • Locales espectáculos deportivos hasta 20,000 ocupantes
  • Demás no incluidas en “A”,“B” y “D”
Modalidad D:

Aprobación de Proyecto con evaluación previa por la Comisión Técnica o por los Revisores Urbanos. Pueden acogerse a esta modalidad:

  • Edificaciones con fines industriales
  • Locales comerciales, culturales y espectáculos mayores a 30,000 m2.
  • Mercados mayores a 15,000 m2.
  • Locales espectáculos deportivos mayores a 20,000 ocupantes
  • Locales con fines educativos, salud, hospedaje, combustibles y terminales

Si deseas saber cuál es el proceso que se tiene que realizar para obtener licencias de habilitación urbana, inscríbete en el curso de Elaboración de Plano de Lotización, Subdivisión y Parcelación.

Redacción: Natalia Ortiz

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