Consulta la Norma A.120
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Abrir Norma A.120 en PDFImportante: antes de aplicar una disposición, verifica la vigencia, modificatorias y publicación oficial correspondiente.
¿Qué establece la Norma A.120?
La presente Norma Técnica tiene por objeto regular las condiciones y especificaciones técnicas mínimas de diseño para las edificaciones, a fin de contar con ambientes, mobiliario, rutas accesibles y señalización para la accesibilidad universal que permitan el desplazamiento seguro y atención de todas las personas, independientemente de sus características funcionales o capacidades, aplicando el principio del diseño universal. Artículo 2.- Ámbito de aplicación La presente Norma Técnica es de aplicación obligatoria para todas las edificaciones donde se presten servicios de atención al público, sean de propiedad pública o privada; y, para las áreas de circulación común de las edificaciones de uso residencial.
Alcance transcrito del documento oficial A.120, de 36 páginas. Contrasta siempre con la publicación vigente en El Peruano.
Contenido de la Norma A.120
Estructura de capítulos y artículos del documento, tal como aparece en la publicación oficial.
- Art. 2Publicación y Difusión
- Art. 1Objeto
- Art. 2Ámbito de aplicación
- Art. 3Glosario de términos
- Art. 4Ingresos
- Art. 5Circulaciones en edificaciones
- Art. 6Características de diseño en rampas y escaleras
- Art. 7Parapetos y barandas
- Art. 8Ascensores
- Art. 9Plataformas elevadoras
- Art. 10Altura de objetos
- Art. 11Mobiliario
- Art. 12Teléfonos Públicos
- Art. 13Dotación y acceso
- Art. 14Lavatorios
- Art. 15Inodoros
- Art. 16Urinarios
- Art. 17Duchas
- Art. 18Accesorios
- Art. 19Cubículos de inodoros accesibles
- Art. 20Dotación de estacionamientos accesibles
- Art. 21Ubicación y circulación
- Art. 22Módulos de pago
- Art. 23Dimensiones y señalización
- Art. 24Probadores o vestidores
- Art. 25Espacios para comensales
- Art. 26Zona de espectadores
- Art. 27Habitaciones para hospedaje
- Art. 28Áreas de circulación común
- Art. 29Señalización para accesibilidad universal
- Art. 30Seguridad y área de refugio accesible
Definiciones de la Norma A.120
Términos definidos por la propia norma, con la redacción del documento oficial.
- Área de refugio accesible
- Espacio ubicado en área compartimentada a prueba de fuego y humos o escalera protegida que comunica con una ruta de evacuación, vestíbulo o ascensor. El área de refugio debe contar con las condiciones mínimas de accesibilidad que permita a una persona con discapacidad y movilidad reducida, esperar a ser evacuada por los servicios de emergencias y brigadistas.…
- Barreras arquitectónicas
- Impedimentos, trabas u obstáculos físicos que limitan o impiden la libertad de movimiento de personas con discapacidad y movilidad reducida. El Peruano / Viernes 17 de febrero de 2023 NORMAS LEGALES 5…
- Espacio de maniobra
- Espacio dentro del cual se puede realizar la maniobra necesaria para acceder a una instalación, componente, elemento o accesorio específico, mientras se utiliza una silla de ruedas u otro producto de apoyo para su desplazamiento.…
- Espacio de transferencia
- Espacio mínimo libre de obstáculos que posibilita a una persona usuaria en silla de ruedas u otro producto de apoyo, posicionarse o trasladarse a un componente, mobiliario o equipo.…
- Persona con discapacidad
- Aquella persona que, tiene una o más deficiencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente que, al interactuar con diversas barreras actitudinales y del entorno, no ejerza o pueda verse impedida en el ejercicio de sus derechos y su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las demás.…
- Persona con movilidad reducida
- Aquella persona que, por su diferente condición física, de manera permanente o temporal, por edad, estatura, enfermedad, accidente u otro tipo de condicionante, necesite un entorno adecuado para ejercer sus derechos de manera plena, efectiva y autovalente en igualdad de condiciones con los demás.…
- Plano háptico
- Plano de distribución esquemático y en alto relieve, que constituye un instrumento de información y orientación, mediante el cual el usuario identifica la ruta accesible por donde debe desplazarse, en condiciones de seguridad y confort, hacia su punto de interés. Dicha información debe adoptar presentaciones audibles, táctiles y visuales, permitiendo su interpretación y comprensión por sus usuarios.…
- Producto de apoyo
- Producto, dispositivo, equipo, instrumentos, tecnologías y software, fabricado especialmente o disponible en el mercado, para prevenir, compensar, controlar, mitigar o neutralizar deficiencias, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación.…
- Ruta accesible
- Circulación que permite el desplazamiento de todas las personas, especialmente aquellas con discapacidad y movilidad reducida. Se encuentra libre de obstáculos o cualquier barrera arquitectónica que dificulte su desplazamiento.…
- Señalización
- Sistema de avisos que permite identificar los elementos y ambientes públicos accesibles dentro de una edificación para orientar a los usuarios.…
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